Registro de Viajeros: Obligaciones Legales para Inmobiliarias en el Alquiler Vacacional

En Sooprema, sabemos que cumplir con la normativa es esencial para las inmobiliarias que se dedican al alquiler vacacional. Por eso, hemos consultado con la empresa especializada en protección de datos y privacidad, Datusmas, para aclarar las obligaciones relacionadas con el registro de viajeros.

El Real Decreto 933/2021, que entra en vigor el 2 de diciembre de 2024, establece las obligaciones para registrar e informar sobre los viajeros. Este decreto afecta a quienes proporcionan alojamiento, ya sea de forma profesional o no, e incluye a las inmobiliarias que gestionan alquileres vacacionales.

¿Qué son las actividades de hospedaje?

Se consideran actividades de hospedaje todas aquellas que ofrecen alojamiento o espacio para pernoctar a cambio de un precio, con o sin servicios adicionales. En esta categoría entran hoteles, hostales, pensiones, alojamientos rurales y también alquileres vacacionales gestionados por inmobiliarias.

Principales Obligaciones

  1. Registro de datos: Los responsables de actividades de hospedaje deben recoger los datos de los huéspedes mayores de 14 años. Para los menores, los datos serán proporcionados por el acompañante adulto.
  2. Exactitud de la información: Los establecimientos deben garantizar que los datos registrados coincidan con los documentos de identidad proporcionados.
  3. Comunicación a las autoridades: Los datos de los viajeros deben transmitirse por vía telemática a las autoridades competentes en un plazo máximo de 24 horas desde la reserva o el inicio de la estancia.

Datos que se deben registrar

  • De la empresa: Nombre, CIF/NIF, dirección, teléfono, correo electrónico y URL del anuncio.
  • Del establecimiento: Tipo, denominación, dirección completa y provincia.
  • De los viajeros: Nombre, apellidos, documento de identidad, nacionalidad, teléfono, correo electrónico y parentesco (si hay menores).
  • De la estancia: Fechas de entrada y salida, dirección del inmueble y número de habitaciones.
  • Del pago: Tipo de pago, identificación del medio utilizado y titular.

Sanciones por Incumplimiento

  • Graves: No registrarse como proveedor de alojamiento o no comunicar los datos de los viajeros. Multas de 601 € a 30.000 €.
  • Leves: Errores en los registros o retrasos en las comunicaciones. Multas de 100 € a 600 €.

Si deseas ampliar información, te invitamos a leer el artículo completo en el blog de Datusmas.